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| El DODC publicado el día 16 de gener de 2001 hace pública
la convocatoria por la cual establece el procedimiento para la integración,
en el régimen estatutario, del personal que obtuvo la condición
de laboral fijo por superación de las convocatorias públicas
de selección LI-91 y LI-93.
El artículo cinco del Decreto establece que el ejercicio de la opción de integración habrá de hacerse con carácter individual en el termino de 60 días naturales a partir del día depués de la publicación de la convocatoria, es decir, a partir del día 17 de enero del 2001. El personal que opte por la integración en regimen estatutario tendrá que renunciar al contrato laboral indefinido. Las opciones de integración las resolverá la Gerenta del ICS, en un plazo máximo de tres meses desde que termine el plazo de presentación de las instancias, mediante resolución publicada en el DOGC. Se tendrá que realizar una solicitud que se deberá de presentar en el registro de los Centros e irá acompañada de la documentación acreditativa de la titulación académica correspondiente. |
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